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Derecho de SucesionesAbril 20268 min de lectura

Abogado de herencias: cuándo necesitas uno y cómo funciona la sucesión en España

Conflictos entre herederos, deudas del fallecido, testamentos impugnados o herencias sin testamento: descubre cuándo es imprescindible un abogado de herencias.

Abogado de herencias: cuándo necesitas uno y cómo funciona la sucesión en España

Abogado de herencias: cuándo necesitas uno y cómo funciona la sucesión en España

El proceso de aceptar una herencia y distribuir el patrimonio de un fallecido puede ser sencillo cuando hay acuerdo entre los herederos y el patrimonio es claro. Pero en muchos casos aparecen complicaciones: desacuerdos entre hermanos, deudas desconocidas del fallecido, inmuebles con hipoteca, negocios en marcha o testamentos que se quieren impugnar.

Un abogado especializado en derecho de sucesiones no es un lujo: en muchos casos es la diferencia entre resolver la herencia en meses o llevar años en litigios que agotan el patrimonio y las relaciones familiares.

El proceso de herencia en España paso a paso

Paso 1: Obtener el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades

Tras el fallecimiento, los primeros documentos que necesitas son:

  • Certificado de defunción: se obtiene en el Registro Civil del lugar del fallecimiento, generalmente en 24-48 horas
  • Certificado de últimas voluntades: indica si el fallecido hizo testamento y ante qué notario. Se solicita en la Dirección General de los Registros (presencialmente o por correo) transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento. Coste: 3,78 €

Paso 2: Obtener el testamento (o declaración de herederos)

Si hay testamento: solicitar copia autorizada ante el notario que lo otorgó.

Si no hay testamento (intestada): hay que tramitar la declaración de herederos abintestato. Si los herederos son cónyuge, ascendientes o descendientes directos, se hace ante notario. Si son parientes más lejanos, ante el Juzgado. Este proceso puede tardar 2-6 meses adicionales.

Paso 3: Inventario del patrimonio

Identificar todos los bienes, derechos y deudas del fallecido:

  • Inmuebles (escrituras, nota simple del Registro de la Propiedad)
  • Cuentas bancarias (el banco está obligado a informar a los herederos)
  • Vehículos (consulta DGT)
  • Acciones, fondos de inversión, seguros de vida
  • Deudas: hipotecas, préstamos, deudas tributarias, tarjetas

Este inventario es clave. Heredar sin saber lo que hay puede suponer asumir deudas inesperadas.

Paso 4: Aceptar o repudiar la herencia

Los herederos pueden:

  • Aceptar pura y simplemente: asumes tanto bienes como deudas
  • Aceptar a beneficio de inventario: solo respondes de las deudas hasta el límite de los bienes heredados (recomendable cuando hay deudas inciertas)
  • Repudiar la herencia: renuncias a todos los bienes y deudas

El plazo para aceptar o repudiar puede establecerlo el acreedor (mínimo 30 días). Sin petición externa, no hay plazo legal estricto, aunque los impuestos prescriben.

Paso 5: Partir la herencia y pagar impuestos

Cuaderno particional: documento notarial o privado donde se especifica qué recibe cada heredero.

Impuestos que hay que pagar:

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD): varía enormemente según la comunidad autónoma (en Madrid y Canarias está casi bonificado al 99%; en otras comunidades puede ser del 7-34%)
  • Plusvalía municipal: si hay inmuebles, el municipio cobra por el incremento de valor del terreno
  • IRPF: puede haber rendimientos generados desde el fallecimiento hasta la adjudicación

El plazo para pagar el ISD es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables 6 meses más con solicitud previa.

Cuándo es imprescindible un abogado de herencias

1. Conflicto entre herederos

Es la situación más frecuente. Hermanos que no se ponen de acuerdo en cómo dividir el piso familiar, qué hacer con el negocio del fallecido o si uno de ellos recibió donaciones en vida que deben computarse como anticipo de herencia (colación).

Sin acuerdo, el único camino es el juicio de partición de herencia, que puede durar años.

2. Testamento que se quiere impugnar

Los testamentos pueden impugnarse por:

  • Falta de capacidad del testador en el momento de otorgarlo
  • Vicios del consentimiento (engaño, violencia, error)
  • Lesión de la legítima (la parte que la ley reserva a hijos, cónyuge y ascendientes)
  • Preterición (omisión de un heredero forzoso)

La acción de impugnación prescribe en 5 años desde la apertura de la sucesión. Un abogado evaluará las probabilidades de éxito antes de iniciar el proceso.

3. Herencia con deudas

Cuando el fallecido tenía deudas, la situación requiere análisis cuidadoso:

  • ¿Las deudas superan a los bienes? → puede convenir repudiar
  • ¿Hay incertidumbre? → aceptación a beneficio de inventario
  • ¿Los acreedores pueden reclamar a los herederos? → análisis de cada deuda

4. Bienes en el extranjero

Si el fallecido tenía inmuebles, cuentas o empresas en otros países, la sucesión se rige por el Reglamento (UE) 650/2012 (para bienes en la UE) o por normas de derecho internacional privado. El proceso es considerablemente más complejo.

5. Herencia con empresa familiar

La sucesión de una empresa en marcha requiere planificación para:

  • Mantener la continuidad del negocio durante el proceso
  • Optimizar fiscalmente la transmisión (reducción del 95% en el ISD si se cumplen requisitos)
  • Organizar la gobernanza entre varios herederos

La legítima: lo que la ley reserva a determinados herederos

En España, la ley protege a determinados herederos con la legítima, una porción del patrimonio de la que el testador no puede disponer libremente:

| Heredero | Legítima | |---|---| | Hijos/descendientes | 2/3 del patrimonio (tercio de legítima estricta + tercio de mejora) | | Padres/ascendientes (si no hay hijos) | 1/2 del patrimonio (1/3 si hay cónyuge viudo) | | Cónyuge viudo (usufructo) | Varía: 1/3 si hay hijos, 1/2 si hay ascendientes, 2/3 si no hay ninguno |

Si el testamento vulnera la legítima, el perjudicado puede reclamar la acción de complemento de legítima o la acción de reducción de disposiciones inoficiosas.

Honorarios de un abogado de herencias

Los honorarios dependen de la complejidad y del valor del patrimonio:

| Tipo de herencia | Honorarios orientativos | |---|---| | Herencia sencilla (pocos bienes, sin conflicto) | 500-2.000 € | | Herencia media con inmuebles | 1.500-4.000 € | | Herencia compleja o con empresa | 3.000-8.000 € | | Impugnación de testamento (juicio) | 3.000-10.000 € o % del valor |

Muchos abogados cobran un porcentaje del valor de la herencia (entre el 1% y el 3%) en vez de tarifa fija, especialmente cuando hay conflicto o litigio.

Errores frecuentes que evita un abogado especializado

  1. Aceptar sin revisar las deudas: riesgo de heredar más deudas que bienes
  2. Dejar pasar el plazo del ISD: las sanciones e intereses pueden ser muy elevados
  3. No registrar los inmuebles: un inmueble no registrado a nombre del heredero puede dar problemas en la venta futura
  4. Firmar documentos sin entenderlos: especialmente en herencias con empresa o bienes complejos
  5. No considerar la planificación fiscal: con la planificación adecuada, el ISD puede reducirse significativamente

Consulta con un abogado especializado en sucesiones antes de tomar cualquier decisión. Una primera consulta puede ahorrarte problemas y costes muy superiores a los honorarios del asesoramiento.

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