Accidente de Trabajo en Canarias: Indemnización, Plazos y Derechos del Trabajador (2026)
Qué hacer si sufres un accidente laboral en Canarias: prestaciones del INSS, responsabilidad empresarial, recargo de prestaciones y cuándo necesitas un abogado laboralista.

Accidente de Trabajo en Canarias: Qué Hacer y Qué Derechos Tienes
Sufrir un accidente de trabajo es una de las situaciones más desorientadoras para un trabajador. En Canarias, como en el resto de España, la normativa es compleja y las consecuencias económicas pueden ser muy significativas si no se gestionan correctamente desde el primer momento.
¿Qué se considera accidente de trabajo?
El artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social define el accidente de trabajo como toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.
Esta definición incluye situaciones que no siempre se conocen:
- Accidente in itinere: el que ocurre al ir o volver del trabajo, siempre que la ruta sea la habitual y directa.
- Accidentes en misión: los que se producen mientras el trabajador realiza tareas fuera del centro habitual por encargo de la empresa.
- Enfermedades profesionales derivadas del trabajo (silicosis, hipoacusia, enfermedades musculoesqueléticas por movimientos repetitivos).
- Accidentes por actos de compañeros durante el horario laboral.
- Agravación de enfermedades previas por causa del trabajo.
Pasos inmediatos tras el accidente
Actuar correctamente desde el primer minuto protege tus derechos:
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Comunica el accidente a tu empresa inmediatamente: tienen obligación legal de notificarlo a la Mutua y a la Seguridad Social. Si no lo hacen, puedes denunciar ante la Inspección de Trabajo.
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Acude a la Mutua de tu empresa, no al médico de cabecera: la asistencia sanitaria del accidente de trabajo corresponde a la Mutua colaboradora de la Seguridad Social que gestione la empresa. Si acudes al médico del sistema público, el tratamiento puede no reconocerse como AT.
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Parte de accidente: exige que se cumplimente el parte oficial. Guarda una copia.
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Documenta lesiones y circunstancias: fotos del lugar del accidente, testigos, descripción escrita de qué ocurrió y por qué.
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No firmes documentos sin leer: evita firmar finiquitos, acuerdos de baja o renuncias que no entiendas plenamente.
Prestaciones de la Seguridad Social por accidente de trabajo
A diferencia de la baja por enfermedad común, el accidente de trabajo ofrece condiciones más favorables:
- Prestación por incapacidad temporal: 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente (en enfermedad común es el 60% durante los primeros 20 días y el 75% desde el día 21).
- Sin periodo de carencia: se cobra desde el primer día de baja.
- La empresa paga el 100% del salario el día del accidente.
- La Mutua gestiona el pago directo desde el primer día.
Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad
Si el accidente se produjo por incumplimiento de medidas de seguridad por parte de la empresa (maquinaria sin protección, falta de EPIs, formación insuficiente), el trabajador tiene derecho a solicitar el recargo de prestaciones del 30% al 50% sobre todas las prestaciones de la Seguridad Social.
Este recargo:
- Lo paga directamente el empresario (no puede asegurarlo).
- Se acumula a la prestación ordinaria.
- Requiere resolución del INSS previa denuncia o reconocimiento del incumplimiento.
En Canarias, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) tramita las denuncias relacionadas con accidentes laborales. La ITSS puede iniciar de oficio el expediente de recargo.
Incapacidad permanente: grados y derechos
Si las lesiones son graves y dejan secuelas permanentes, pueden reconocerse diferentes grados:
| Grado | Definición | Prestación | |---|---|---| | Incapacidad Permanente Parcial (IPP) | Merma de rendimiento ≥ 33% en su profesión | Indemnización a tanto alzado (24 mensualidades) | | Incapacidad Permanente Total (IPT) | Inhabilita para su profesión habitual | 55% (o 75%) de la base reguladora vitalicia | | Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) | Inhabilita para cualquier profesión | 100% de la base reguladora vitalicia | | Gran Invalidez | Necesita ayuda de tercera persona | 100% + complemento (45% del salario mínimo) |
La base reguladora del AT se calcula de forma diferente a la de contingencias comunes —habitualmente más favorable para el trabajador.
Responsabilidad civil del empresario: la indemnización adicional
Las prestaciones de la Seguridad Social no excluyen la posibilidad de reclamar una indemnización adicional al empresario si hubo culpa o negligencia en el accidente.
Esta responsabilidad civil puede dar lugar a indemnizaciones por:
- Daños y perjuicios patrimoniales (gastos médicos, pérdida de ingresos futuros).
- Daño moral.
- Secuelas e incapacidad funcional.
- Daño estético.
Los baremos de referencia (cuadros de valoración de daños corporales, adaptados de los usados en accidentes de tráfico) sirven como guía, pero la cuantía final puede ser superior dependiendo de las circunstancias.
¿Cuándo necesitas un abogado laboralista?
La gestión de un accidente de trabajo sin asesoramiento jurídico puede suponer pérdidas económicas significativas. Te interesa contar con un abogado especializado en accidentes de trabajo cuando:
- La Mutua niega el reconocimiento como AT o intenta recalificar como enfermedad común.
- La empresa no comunica el parte de accidente o lo hace con datos incorrectos.
- Sufres secuelas permanentes y vas a ser reconocido como incapaz permanente.
- La empresa incumplió medidas de prevención de riesgos laborales y quieres reclamar el recargo.
- Te ofrecen un acuerdo o indemnización y no sabes si es adecuado a tu caso.
- El INSS deniega o reduce el grado de incapacidad permanente y quieres impugnar.
En estos casos, contar con un abogado laboralista especializado en accidentes de trabajo en Tenerife o en Canarias marca la diferencia entre cobrar lo justo o resignarse a una cantidad inferior.
El despacho Álamo Antúnez Abogados en Santa Cruz de Tenerife está especializado en derecho laboral y accidentes de trabajo en Canarias, con experiencia en reclamaciones ante la Mutua, el INSS y la jurisdicción social. Puedes contactarles en el +34 822 043 335.
Plazos: no esperes demasiado
Las reclamaciones tienen plazos de prescripción que no conviene ignorar:
- Impugnar resolución de incapacidad permanente del INSS: 30 días hábiles para presentar reclamación previa; 2 años desde la resolución para acudir al Juzgado de lo Social.
- Responsabilidad civil del empresario: 1 año desde la firmeza de la resolución de IP o desde la curación de las lesiones.
- Recargo de prestaciones: no prescribe mientras se mantenga el derecho a las prestaciones.
Preguntas frecuentes sobre accidentes de trabajo en Canarias
¿Cobro el 100% de mi salario durante la baja por AT? La prestación es el 75% de la base reguladora. Muchos convenios colectivos establecen complementos hasta el 100%, pero depende del convenio aplicable en tu sector.
¿Puedo ser despedido mientras estoy de baja por AT? La baja por accidente de trabajo no genera por sí misma inmunidad frente al despido, pero el despido durante una incapacidad temporal derivada de AT suele considerarse nulo si existe vinculación causal con el accidente. Consulta con un abogado.
¿Qué pasa si la Mutua me da el alta antes de que esté curado? Puedes impugnar el alta ante la Inspección Médica del INSS en el plazo de 11 días hábiles desde la notificación. Durante ese plazo continuarás percibiendo la prestación.
Este artículo tiene carácter informativo general. Para asesoramiento sobre tu caso concreto, consulta con un abogado laboralista colegiado en Canarias.
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