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Derecho LaboralAbril 20268 min de lectura

Despido Disciplinario: ¿Puedo Impugnarlo? Plazos y Estrategia Legal

Tienes 20 días hábiles para actuar. Cómo impugnar un despido disciplinario, qué pruebas recopilar y qué indemnización podrías conseguir.

Despido Disciplinario: ¿Puedo Impugnarlo? Plazos y Estrategia Legal

Despido Disciplinario: ¿Puedo Impugnarlo? Plazos y Estrategia Legal

El despido disciplinario es el que la empresa comunica como consecuencia de una falta grave o muy grave del trabajador: bajo rendimiento, absentismo injustificado, indisciplina, transgresión de la buena fe contractual u otras causas del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

La clave es que "disciplinario" no significa automáticamente "justificado". Los empresarios tienen que probar que la causa existe, que es suficientemente grave y que siguieron el procedimiento correcto. Si no lo hacen, el despido puede ser declarado improcedente o incluso nulo.


Tipos de despido disciplinario según la sentencia

Despido procedente

El juez considera que la empresa tenía causa justificada y siguió el procedimiento correcto. → No hay indemnización ni derecho a prestación por desempleo (salvo que cotizaras suficientes días antes).

Despido improcedente

La empresa no ha probado suficientemente la causa o no siguió el procedimiento. → La empresa puede elegir entre readmitirte o pagarte 33 días de salario por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades).

Despido nulo

Cuando el despido encubre una vulneración de derechos fundamentales (represalia por baja médica, maternidad, denuncia de acoso, ejercicio de derechos sindicales...). → Readmisión obligatoria con pago de los salarios de tramitación (todos los días desde el despido hasta la sentencia).


El plazo más importante: 20 días hábiles

Este es el plazo para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) o equivalente autonómico.

Plazo: 20 días hábiles desde la fecha del despido (no desde que recibes la carta, sino desde el día efectivo del despido).

Si no presentas la papeleta de conciliación en 20 días hábiles, pierdes el derecho a impugnar. Es el plazo más estricto del derecho laboral español.

La presentación de la papeleta suspende el plazo de prescripción. Una vez intentada la conciliación (con o sin acuerdo), tienes otros 20 días hábiles para interponer la demanda judicial.


Qué hacer en los primeros días tras el despido

Día 1: Recibe y lee la carta de despido

La carta de despido es fundamental. Debe incluir:

  • Los hechos que motivan el despido (descripción concreta)
  • La fecha de efectos
  • No es obligatorio incluir la calificación legal del despido

Guarda el sobre original (con fecha de recepción postal si llegó por correo), la carta firmada o sellada por ti, y cualquier otro documento que te entreguen.

Días 1-5: Acude a un abogado laboralista

No esperes. El abogado necesita:

  • La carta de despido
  • Tu contrato de trabajo
  • Últimas nóminas (mínimo 3)
  • Cualquier comunicación previa relevante (avisos, expediente disciplinario, WhatsApps, emails)
  • Si eres delegado sindical o representante: comunicación a la empresa de tu condición

Días 5-15: Recopila pruebas

Antes de presentar la papeleta:

  • Guarda todas las comunicaciones: WhatsApp, Telegram, email. Haz capturas de pantalla con fecha y hora visibles.
  • Busca testigos: compañeros que puedan avalar tu versión o contradecir la de la empresa.
  • Documenta el contexto: ¿hubo conflicto previo con la empresa? ¿Estabas de baja médica? ¿Habías denunciado algo?
  • No accedas a sistemas de la empresa ni reclames documentos de forma que pueda considerarse intrusión.

Antes del día 20: Presenta papeleta de conciliación

Tu abogado presentará la papeleta ante el SMAC. Habitualmente se hace en los días 10-15 para tener margen.


Causas de nulidad del despido disciplinario

El despido es nulo (y la readmisión es obligatoria) cuando coincide con:

  • Baja médica: especialmente durante el periodo de incapacidad temporal (el Tribunal Supremo ha reforzado esta protección).
  • Maternidad/paternidad/lactancia: protección desde el embarazo hasta que el hijo cumple 9 meses.
  • Permiso o reducción de jornada por conciliación familiar.
  • Ejercicio de derechos sindicales o representación de trabajadores.
  • Haber presentado una denuncia contra la empresa (whistleblowing).
  • Acoso o represalia por reclamar derechos.

Si tu situación encaja en alguno de estos supuestos, la estrategia legal cambia radicalmente.


Qué pasa en el acto de conciliación

El acto de conciliación es un encuentro entre tú, tu representación y la empresa ante un mediador. El objetivo es llegar a un acuerdo antes del juicio.

En conciliación, la empresa puede:

  • Ofrecer reconocer la improcedencia y pagarte la indemnización + salarios de tramitación.
  • Ofrecerte readmisión.
  • Llegar a un acuerdo negociado (cantidad entre la nada y la improcedencia total).
  • No llegar a acuerdo → se va a juicio.

Las conciliaciones que acaban en acuerdo son la mayoría. Tu abogado negociará la mejor posición posible en ese momento.


La indemnización por despido improcedente

Desde la reforma laboral de 2012:

  • 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Para contratos anteriores a febrero de 2012: los años trabajados antes de esa fecha se calculan a 45 días/año.

El salario diario incluye salario bruto + prorratas de pagas extras + promedio de variables (comisiones, horas extra habituales).


Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el paro si me despiden disciplinariamente? Sí, siempre que tengas suficientes días cotizados (al menos 360 días en los últimos 6 años). El tipo de despido no afecta al derecho a desempleo.

¿Qué pasa si firmo el finiquito? Firma siempre "no conforme" o "sin perjuicio de las acciones legales que correspondan". Si firmas sin reservas, puede interpretarse como aceptación de las condiciones del despido.

¿Tengo que ir yo al acto de conciliación? Sí, a menos que otorgues poder a tu abogado. Tu presencia puede ser relevante.

¿Cuánto tiempo tarda el juicio laboral? Varía mucho según el juzgado y la provincia. Entre 6 y 18 meses en primera instancia es frecuente.

¿Me pueden despedir estando de baja médica? La baja médica no es causa de despido disciplinario. Si te despiden durante la baja (o justo después de una larga baja), el despido puede ser nulo. Consulta con un abogado laboral urgentemente.

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